Consejo Nacional de Migración extiende por un año vigencia de carnés de regulación a extranjeros

SANTO DOMINGO. El Consejo Nacional de Migración aprobó este martes extender por un año la vigencia de los carnés expedidos a extranjeros que se acogieron al Plan Nacional de Migración, proceso que declaró “de alta prioridad”. En ese plazo, quienes resulten elegibles deberán tramitar su asignación, cambio o renovación de categoría o subcategoría migratoria, de acuerdo a un Protocolo que establecerá la Dirección General de Migración.

Contra quienes no hagan sus renovaciones, se declarará la caducidad de los documentos que les hayan sido expedidos y quedarán sujetos a lo que disponen la normativa ordinaria y las leyes migratorias dominicanas al respecto. La extensión de la vigencia del documento no implica la erogación de nuevos fondos económicos por parte de las autoridades dominicanas.

La Dirección General de Migración elaborará un Protocolo de procedimiento de renovación o cambio de categoría y de subcategorías migratorias a los beneficiarios del Plan Nacional de Regulación de Extranjeros.}

No se maltrata a nadie

Hablando en rueda de prensa tras la reunión del Consejo Nacional de Migración que extendió la vigencia del documento migratorio, el Ministro de Interior, licenciado Carlos Amarante Baret, dijo, respondiendo a una pregunta periodística, que Migración no maltrata a ningún extranjero sorprendido sin sus documentos legales.

“Las autoridades no maltratan a nadie y quien tenga sus documentos en regla continúan realizando sus labores normales, siempre que estos documentos sean legítimos”, expresó.

Advirtió, no obstante, que vencido el plazo definitivo  y no habiéndose tramitado su renovación, los ciudadanos ilegales serán repatriados.

Procedimiento

La Dirección General de Migración está autorizada por el Consejo Nacional de Migración a reconocer los documentos de acreditación de identidad personal aceptados durante el Plan Nacional de Regularización, “siempre que no existan dudas sobre el origen legal del documento”.

Los documentos cuya validez será reconocida son pasaporte o documento de viaje equivalente, documentación de identidad personal emitida por las autoridades consulares o por cualquier otra autoridad del país de origen, acta de nacimiento del país de origen, para el solicitante que forme parte de un grupo familiar, el acta de matrimonio, declaración de soltería o prueba de convivencia, según aplique.

También tendrán validad un documento que pueda ser verificado como legítimo por la autoridad y que sirva para la identificación del extranjero solicitante y un carne o sticker recibido a través del programa Nacional de Regulación.

La Resolución la firman los ministros Carlos Amarante Baret, de Interior y Policía; Rubén Darío Paulino Sem, de Defensa; Miguel  Vargas Maldonado, de Relaciones Exteriores; José Ramón Fadul, de Trabajo; Ángel Estévez, de Agricultura; Francisco Javier García, de Turismo; Gonzalo Castillo Terrero, de Obras Públicas, y Altagracia Guzmán Marcelino, de Salud Pública.

La firman también el presidente de la Junta Central Electoral, Julio César Castaños Guzmán; Manuel Orlando Espinosa Medina, presidente de la Comisión Permanente de Interior y Policía de la Cámara de Diputados; Florinda Rojas, del Consejo Nacional de Migración y como invitado Máximo William Muñoz Delgado, Director General de Migración.

Los extranjeros que solicitaron su regulación migratoria presentando documentos de identidad durante la vigencia del Plan, serán elegibles para obtener los beneficios de asignación, cambio o renovación de categoría o subcategoría migratoria, y en consecuencia, aquellos que no presentaron sus documentos durante dicho plazo de vigencia, se considerarán no elegibles para obtener sus beneficios.

Asimismo, los extranjeros que resulten elegibles  en las condiciones indicadas, deberán tramitar su asignación, cambio o renovación de categoría o subcategoría dentro del plazo de un año a partir de la Resolución del Consejo Nacional de Migración, y quienes no lo hagan en ese periodo, se declarará la caducidad y quedarán sujetos a que se les apliquen las leyes migratorias dominicanas.

El Consejo aprobó solicitar a Interior y Policía la implementación de una campaña de información dirigidas a los extranjeros acogidos al Programa Nacional de Regularización para comunicarles sobre la extensión de la vigencia del estatus migratorio adquirido durante el proceso de implementación del Programa, así como la obligatoriedad de acudir a la Dirección General de Migración y los demás lugares designados por esta, para gestionar la tramitación de los expedientes según corresponda.

La Dirección de Migración establecerá las coordinaciones que sean necesarias con otras dependencias del Estado para facilitar la ejecución de la Resolución del Consejo nacional de Migración y las acciones que de ella se deriven, especialmente con el Ministerio de Relaciones Exteriores como canal para mantener informadas a las delegaciones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país para que estas a su vez contribuyan con la difusión a sus connacionales.

La Junta Central Electoral expedirá las cédulas de identidad a los extranjeros beneficiados de un estatus de residente permanente o de residente temporal en el país bajo el Programa de Regularización, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley General de Migración 285-04 y el párrafo dos del artículo 35 de su Reglamento de Aplicación número 631-2011.

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