La jueza Clara Luz Almonte, de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, declaró inadmisible la demanda de 10 millones de pesos presentada por familiares del icónico Tatico Henríquez contra el legendario bachatero Anthony Santos.
La demanda acusaba a Santos de usar y lucrarse con la canción «Corazón de piedra».
La decisión del tribunal se basó en un incidente presentado por la defensa de Santos, representada por Carlos Balcácer, argumentando que la demanda no debía ser de naturaleza penal, sino civil.
La jueza Almonte destacó la falta de claridad en la acusación, mencionando que no se identificó quién publicó la canción ni se demostró que Santos se beneficiara económicamente de la misma, como lo establece la ley de Derecho de Autor.
Además, señaló que solo dos de los siete hijos de Tatico Henríquez estaban involucrados en la demanda, lo que generó dudas sobre la representación legal adecuada en el caso.
Los demandantes, Elba Chaljub Mejía y Julio García Reynoso, buscan una compensación por daños y perjuicios.
La lectura completa de esta decisión está programada para el 4 de junio de 2024 en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.
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