Exdirector Migración aboga por régimen garantías de seguridad jurídica

Santiago.-El exdirector general  de Migración, José Ricardo Taveras, dijo ayer que aplicación e interpretación de la Ley  debieran constituir el fundamento de un régimen de garantías y consecuencias que doten la sociedad de la seguridad jurídica anhelada, ya no como una aspiración, sino como un presupuesto fáctico ineludible.

Taveras dijo en su artículo que publica en varios medios escritos  que la Ley está supuesta a ser un formidable motor para la construcción de la cultura.

“Entre nosotros sin embargo, ese deber ser que genera hábitos de subordinación a la norma sigue siendo en general una aspiración, una esperanza que ha sido vapuleada por el mal hábito de eludirla, procurando cómodos baipás que lo faciliten”, sostuvo.

Pero agregó que no hay  cumplimiento gracias a la costumbre de personalizar las instituciones en lugar de institucionalizar las personas, porque prevalece la voluntad del jefe y la rutina, las más de las veces, antes que la ley.

Y sostuvo que lejos de “refugiarnos en ella como sostén de nuestras actuaciones, la matizamos de tal modo que no hagamos “ruido”, que nos mantenga en “bajo perfil”, tranquilos, dejándonos llevar por la corriente”.

“Si conviene, que venga el ruido, se eleve el perfil, siempre que en uno u otro caso, aún sacrificando la responsabilidad, no nos perjudiquemos y evitemos molestar la paz de los dioses; conscientes de que cuando es un obstáculo, no hay problemas en modificarla, eliminarla o ignorarla”, declaró José Ricardo Taveras..

Indicó que por no hablar de la Constitución, la aplicación del nuevo código procesal penal (CPP), es una buena muestra de lo que venimos planteando.

“En septiembre de este año cumplirá 16 años de publicado y 14 de su puesta en ejecución sin que a la fecha hayamos podido construir una cultura procesal adecuada a sus mandatos, de manera tal que no hemos logrado conducir la sociedad al reconocimiento de su temperamento, por el contrario, la profanía es la que lo arrastra al circo, y desde allí, se acusa y juzga en dos tiempos, uno para el tribunal y otro para el del circo, simultáneamente”, indicó.

De acuerdo a Taveras el nuevo sistema está diseñado para hacer valer la presunción de inocencia a través de garantías que conlleven una activa búsqueda previa de la prueba.

Por ello, agregó establece límites a la fase de investigación, condiciona la medida de coerción a presupuestos sustentados en anticipos de prueba indiciarias suficientemente robustas como para sustentar la medida de lugar, plantea la privación de libertad como un elemento excepcional y dispone de un plazo máximo de duración del proceso.

“Siempre he sostenido que el CPP, aunque contiene garantías esenciales que deben ser preservadas, está alejado de las tradiciones y sobre todo de nuestra realidad, que fue asumido improvisadamente, sin considerar el presupuesto social, político y económico que necesitaría para su adecuada aplicación.

Pero agregó que el tiempo ha confirmado muchas de nuestras aprehensiones, a pesar de los esfuerzos por adecuarlo y adaptarlo, la sociedad, con razón o sin ella, sigue viendo en él una de las causales del fenómeno de criminalidad que nos arropa.

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