Milton Morrison advierte que se aplicarán multas de hasta tres salarios mínimos por incumplimiento de la Ley 63-17
Santo Domingo, República Dominicana. – El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) anunció que reforzará los controles y sanciones para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas en espacios públicos, priorizando la seguridad vial y la protección del peatón.
La institución informó que las medidas responden al crecimiento sostenido del uso de dispositivos de movilidad eléctrica en las vías públicas del país.
Límites de velocidad y prohibición en aceras
El INTRANT recordó que, conforme a la normativa vigente, las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora.
Indicó que cualquier alteración del sistema de motorización para exceder ese rango constituye una violación directa a la regulación.
En cuanto a las bicicletas eléctricas, explicó que las de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 kilómetros por hora.

Multas de uno a tres salarios mínimos
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones equivalentes de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, conforme al artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT).
Diferencia entre patinetas y motocicletas eléctricas
El director ejecutivo del INTRANT, Milton Morrison, enfatizó la necesidad de distinguir entre patinetas eléctricas, bicicletas y motocicletas eléctricas.
Explicó que las patinetas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido, cuyo motor complementa el esfuerzo humano, son consideradas dispositivos de movilidad personal y están sujetas a límites de velocidad y uso obligatorio de casco protector.
En cambio, las motocicletas eléctricas cuya propulsión depende de acelerador, aun cuando posean pedales, son consideradas vehículos de motor. Por tanto, deben cumplir con placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir Categoría 1 y uso obligatorio de casco.

La circulación sin estos requisitos faculta a las autoridades a proceder con la retención inmediata del vehículo.
Notificación a DGA y DGII
Como parte del fortalecimiento institucional, el INTRANT notificará formalmente a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sobre la obligatoriedad de que toda motocicleta eléctrica complete los procesos de importación y matriculación antes de su puesta en circulación.
Asimismo, comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente.
El INTRANT reiteró que el reforzamiento de controles sobre patinetas eléctricas busca garantizar el orden, la convivencia urbana y la seguridad en los espacios públicos del país.
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