La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó una guía de buenas prácticas sobre gafas inteligentes el 13 de julio de 2026, ante la posibilidad de que personas sean grabadas sin su permiso. El caso que se describe pone el foco en las gafas de Meta, cuyo sistema de captura avisa mediante una luz blanca en la montura llamada LED de captura.
Según la explicación de Meta del 7 de julio de 2026, el LED parpadea brevemente al hacer una foto y sigue parpadeando mientras dure un vídeo, sin que exista un interruptor para apagarlo. La empresa añade que, desde la segunda generación, la cámara se desactiva si el LED se tapa y que se bloquea si se detecta manipulación física o destrucción del LED.
La AEPD indica que la imagen de una persona identificable es un dato personal y, con carácter general, no se puede captar la imagen de terceros en espacios públicos de forma indiscriminada, masiva o continuada, y menos sin que sean conscientes. La guía señala el RGPD, la Ley Orgánica 1/1982 y el Código Penal, y precisa que si hay una captura o publicación fuera de lo doméstico, podría haber responsabilidad.
Si alguien ha grabado o publicado la imagen, la AEPD recomienda guardar pruebas, pedir borrado si la grabación es en persona, denunciar en la plataforma si se publicó en redes y, en casos con sexualidad o violencia, usar el Canal prioritario de retirada. También contempla reclamar ante la AEPD cuando no sea un tratamiento doméstico y pedir ante tribunales el cese, medidas para evitar la repetición e indemnización.
Fuente: tecnologia
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