PRM reacciona a acción depositada en el TC para rehabilitar al presidente Abinader

Partido oficialista defiende la constitucionalidad de la prohibición de reelección

Santo Domingo.– El Partido Revolucionario Moderno (PRM) depositó la tarde de este viernes un escrito de intervención voluntaria ante el Tribunal Constitucional, en el que defiende la validez de la disposición transitoria de la Constitución de 2024, la cual prohíbe la reelección del presidente de la República, Luis Abinader.

Esta acción responde al recurso de inconstitucionalidad presentado recientemente por el ciudadano Aquiles Jiménez Fernández, quien argumenta que la disposición transitoria vulnera el derecho fundamental del mandatario a ser elegido, mientras que otros ciudadanos en circunstancias similares no enfrentan la misma restricción.

En su escrito, el PRM reafirma “su inquebrantable compromiso con la democracia constitucional” y sostiene que “la reforma constitucional impulsada por el presidente Luis Abinader y el Partido Revolucionario Moderno es cónsona con la idea de una democracia constitucional en tanto sirve para preservar, mediante la limitación del poder, los derechos de los individuos y los espacios para la deliberación de tales derechos”.

Asimismo, el partido oficialista rechaza cualquier intento de modificar la Constitución para beneficiar al presidente en ejercicio.

“El artículo 278 de la Constitución vigente establece que el presidente no puede beneficiarse de ninguna reforma constitucional tendente a este propósito”, puntualiza el documento.

Precedente del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado sobre casos similares. En 2018, mediante la sentencia TC/0352/18, la alta corte declaró inadmisible una acción contra otra disposición transitoria de la Constitución, argumentando que no es posible cuestionar la constitucionalidad de la propia Constitución.

Este criterio fue reiterado en 2025 a través de la sentencia TC/0034/25, en la que el Tribunal Constitucional reafirmó que las disposiciones transitorias no pueden ser objeto de una acción directa de inconstitucionalidad, ya que ni la Constitución ni la Ley núm. 137-11 establecen esa posibilidad.

Con este precedente, el PRM sostiene que la acción interpuesta carece de fundamento jurídico y que la prohibición de reelección del presidente Abinader se mantiene conforme a lo establecido en la Constitución de la República.

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