**Donni Santana enfrenta cuestionamientos tras error judicial en su libertad condicional**

**Donni Santana enfrenta cuestionamientos tras error judicial en su libertad condicional** **Donni Santana enfrenta cuestionamientos tras error judicial en su libertad condicional**

San Cristóbal, República Dominicana.

Los cuestionamientos sobre los procesos judiciales en torno a Donni Santana Cuevas, exembajador y expresidente del Consejo Nacional de Fronteras (2014-2018), continúan tras una condena de 20 años por la violación sexual de su hijastra. A pesar de la gravedad de las acusaciones, Santana Cuevas disfrutó de privilegios de libertad condicional durante 15 meses, algo que ha sido calificado como ilegal debido al corto tiempo que ha estado cumpliendo su pena.

La Segunda Sala de la Corte Penal de San Cristóbal ha acogido parcialmente un recurso de apelación que cuestiona la resolución que permitió el beneficio a Santana Cuevas. El tribunal consideró «erróneo y carente de sustento normativo» el envío del condenado a su hogar, argumentando que este tipo de decisiones no puede otorgarse a un interno en período de prueba. El juez de ejecución de la pena había justificado su decisión al afirmar que el condenado no representaba un riesgo para la población penitenciaria.

Pese a mantener el permiso laboral, la Corte estableció que el exfuncionario deberá regresar al centro penitenciario de Azua durante los fines de semana. Este régimen implica que debe ingresar los viernes a las 7:00 de la mañana y salir los lunes a la misma hora.

Además, el tribunal determinó que el permiso laboral se limita a un periodo de dos años, vigente desde el 1 de agosto de 2025 hasta el 1 de agosto de 2027. La Corte enfatizó que «resulta improcedente conceder un permiso laboral, con fines de reeducación de un interno, por un periodo indefinido», lo que contradice la decisión anterior del juez.

El Ministerio Público argumentó que el juez de ejecución, José Manuel Arias, había incurrido en un «fraude procesal» al aplicar incorrectamente el artículo 63 de la Ley 113-21, que regula el Sistema Penitenciario y Correccional. Esta ley establece que la libertad condicional solo puede aplicarse una vez que el condenado ha cumplido al menos la mitad de su pena.

Los jueces Lourdes Yanaire Rodríguez Arias y Luis Domingo Sención Araujo votaron a favor de mantener el permiso laboral, mientras que la presidenta del tribunal, Zeida L. Noboa Pérez, se opuso, argumentando que sus compañeros estaban «regularizando los vicios de que adolece» la decisión anterior.

La controversia en torno a la libertad condicional de Donni Santana Cuevas resalta la necesidad de una revisión más exhaustiva de los procedimientos judiciales en casos de delitos de tal magnitud.

Fuente: www.diariolibre.com

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