
Los seguros médicos, los tickets restaurante, el coche de empresa o la vivienda cedida por la empresa forman parte de la retribución de miles de trabajadores en España. Aunque no se cobren en dinero, tienen una valoración económica y, precisamente por ello, Hacienda suele recordar que también deben computarse cuando se calcula qué parte del salario puede quedar sujeta a embargo si existe una deuda con la Administración.
Fuente: www.elperiodico.com
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