El Poder Ejecutivo promulga decreto sobre terrorismo medioambiental en el país

**Decreto 615-26 establece medidas contra el terrorismo medioambiental en el país** **Decreto 615-26 establece medidas contra el terrorismo medioambiental en el país**

El decreto, leído por la Subconsultora Jurídica del Poder Ejecutivo, Mairení Rivas Polanco, en el Palacio Nacional, establece que el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Ministerio de Interior y Policía, el Ministerio de Justicia, la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), la Dirección General de Migración, la Dirección Nacional Antiterrorista y la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto deben crear, en coordinación con el Ministerio Público, una Política Nacional de Prevención contra el «terrorismo medioambiental».

Esta política se centrará en tres áreas clave: la protección de cuencas, bosques y áreas protegidas; la prevención de incendios forestales provocados; y la protección de las infraestructuras de agua potable, saneamiento y energía, incluidas las redes de distribución eléctrica.

El decreto aclara que no introduce un nuevo delito, sino que define el «terrorismo medioambiental» como aquellos actos que, por su gravedad y finalidad, afectan recursos naturales, ecosistemas o infraestructuras ecológicas estratégicas y pueden ser considerados infracción de terrorismo bajo la Ley 267-08. Además, se especifica que la disposición no modifica ni amplía los delitos ya existentes en la legislación dominicana.

Entre las infraestructuras estratégicas mencionadas se encuentran los sistemas de áreas protegidas, presas, embalses, lagos, canales principales de riego, acueductos y plantas de tratamiento de agua. También se protege a las cuencas hidrográficas prioritarias, acuíferos, manglares, humedales, arrecifes coralinos, bosques protectores y nacimientos de ríos. La protección se extiende a otros ecosistemas cuya afectación grave pueda comprometer la seguridad hídrica, alimentaria, ambiental o económica del país.

El artículo 3 del decreto instruye al Comité Nacional Antiterrorista y a la Dirección Nacional Antiterrorista a incluir en sus planes operativos la identificación, prevención y neutralización de amenazas relacionadas con el terrorismo medioambiental.

En caso de agresiones contra el patrimonio ambiental, se establece que estas deberán ser comunicadas de inmediato al Ministerio Público, que será responsable de determinar las infracciones ambientales y llevar a cabo las investigaciones correspondientes.

El artículo 6 del decreto habilita a las instituciones competentes a crear plataformas tecnológicas y mecanismos de denuncia confidencial para que los ciudadanos puedan reportar actividades que amenacen los recursos naturales estratégicos. También se garantiza la protección de los denunciantes y de quienes colaboren de buena fe.

Con la implementación de este decreto, el gobierno busca reforzar la seguridad ambiental en el país y asegurar la protección de recursos vitales para la población.

Fuente: www.diariolibre.com

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