Cámara de Diputados aprueba Ley Nacional de Becas para el Desarrollo Productivo y Laboral

Cámara de Diputados aprueba Ley Nacional de Becas para el Desarrollo Productivo y Laboral Cámara de Diputados aprueba Ley Nacional de Becas para el Desarrollo Productivo y Laboral

Santo Domingo, República Dominicana.

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en segunda lectura, el proyecto de Ley Nacional de Becas para el Desarrollo Productivo y Laboral. Este proyecto establece que los beneficiarios de becas internacionales deberán regresar al país y cumplir un período de servicio profesional, o de lo contrario, devolver los recursos recibidos para financiar sus estudios.

Propuesta por el diputado José Manuel Caraballo Gómez, la iniciativa establece en su artículo 15 que los beneficiarios deben retornar a la República Dominicana al finalizar sus estudios, prestando sus servicios profesionales en el territorio nacional durante un período que oscila entre dos y cinco años. En caso de no cumplir con esta disposición, los beneficiarios estarán obligados a reembolsar los fondos otorgados para la beca y podrían enfrentar procesos civiles o penales.

El proyecto aclara que esta obligación no constituye una restricción de derechos fundamentales, sino que es «una condición vinculada al principio de reciprocidad social y a la función pública de la educación».

Además, la propuesta establece sanciones para quienes cometan irregularidades al obtener o utilizar una beca. Las infracciones consideradas «muy graves» incluyen la presentación de documentos falsos o manipulados, así como el uso fraudulento de los recursos asignados. Los infractores podrían perder el beneficio, verse obligados a devolver la totalidad de los fondos recibidos y quedar inhabilitados para postularse a becas durante un período de hasta diez años. También podrían ser referidos al Ministerio Público para investigar posibles responsabilidades penales.

El régimen de sanciones se extiende a funcionarios que incurran en tráfico de influencias, favoritismo o asignación irregular de becas, quienes enfrentarían la destitución y la inhabilitación, además de las penas estipuladas en las leyes de función pública y contrataciones públicas.

Otra disposición del proyecto busca aumentar el acceso a becas para sectores prioritarios. El artículo 14 establece que un porcentaje mínimo de las becas anuales otorgadas por el Gobierno debe destinarse a estudiantes de zonas rurales, territorios con mayor rezago social y dominicanos en el exterior. Esta información deberá ser publicada oficialmente antes del 31 de marzo de cada año.

Para mejorar la transparencia del sistema, se creará el Portal Único de Becas (PUBE), una plataforma digital de acceso público que concentrará convocatorias, requisitos y resultados de los programas. Además, el Consejo Nacional de Becas (Conabe) tendrá la obligación de publicar un informe anual detallado sobre las adjudicaciones y montos otorgados.

El sistema de becas se financiará a través de asignaciones presupuestarias estatales, aportes privados, donaciones y cooperación internacional, además de un fideicomiso público denominado Fondo Nacional de Becas. La propuesta también vinculará la entrega de becas con las necesidades profesionales del país. Para ello, el artículo 7 del proyecto faculta al Conabe a elaborar cada cinco años un informe nacional de necesidades laborales y formativas.

Una vez aprobado en segunda lectura, el proyecto será enviado al Senado para completar su trámite legislativo antes de convertirse en ley.

Fuente: www.diariolibre.com

Comentarios de Facebook


Descubre más desde Noticias Breves

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja una respuesta